El 11 de agosto de 2020, personal de la ex División Toxicomanía constató el faltante de poco más de un kilo (1,049) de cocaína de máxima pureza que se hallaba en el depósito de secuestros de la Unidad Regional II de Policía, ubicado en la Seccional Tercera de Oberá.
Al otro día, por orden del juez federal de Oberá, Alejandro Gallandat, efectivos del Escuadrón 9 de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) allanaron dicha dependencia y relevaron los decomisos de 29 causas registradas, detectando significativos faltantes en dos de ellas.
Por un lado, constataron la ausencia de un pan de cocaína perteneciente a un lote inicial de cuatro panes que había totalizado 4,218 kilos.
Pero, además, los gendarmes detectaron el faltante de 514 kilos de marihuana, un dato que hasta ahora se había mantenido bajo estricta reserva.
Según confirmó El Territorio con fuentes judiciales, dicha droga había sido secuestrada en el marco del sumario policial 28/19 y, originalmente, alcanzaba un total de 3.053 kilogramos de marihuana, pero al momento del allanamiento ordenado por Gallandat se verificó la existencia de 2.539 kilos, es decir un faltante de más de media tonelada.
En consecuencia, a entender de los investigadores, la desaparición de un kilo de cocaína no fue un hecho aislado y ratifica todas las falencias detectadas en la instrucción, lo que derivó en el procesamiento de cinco policías que se desempeñaban en la ex División Toxicomanía.
El escándalo generó un cimbronazo de tal magnitud que la Jefatura de la Policía de Misiones decidió cambiar hasta el nombre de la dependencia encargada de combatir al narcotráfico. Así, la antigua División Toxicomanía pasó a denominarse Drogas Peligrosas.
Cinco en la mira
En marzo del año pasado, el juez Gallandat procesó por incumplimiento de los deberes de funcionario público a cinco policías, a quienes trabó embargo de 250.000 pesos a cada uno por gastos y costas del juicio.
Como contrapartida, dictó la falta de mérito para los doce imputados -nueve policías y tres civiles- con relación al faltante de droga (peculado, sustracción de pruebas y transporte de estupefacientes agravado por la calidad de funcionario público), ya que al menos por el momento no fue posible probar quién o quiénes sustrajeron del estupefaciente.
La falta de mérito se extiende por un año, lapso del que dispone la Justicia para seguir investigando. En consecuencia, de hallarse pruebas suficientes los implicados podrán ser procesarlos, o de lo contrario serán sobreseídos.
En síntesis, hasta el momento la Justicia Federal no halló elementos para acusar a ningún policía por la desaparición de la cocaína, pero sí para responsabilizar a cinco de ellos por no haber custodiado adecuadamente el depósito de secuestros que se hallaba en dependencias de la Seccional Tercera.
Los procesados son los oficiales Carlos Ariel L. y Hugo Ariel B., y los subalternos Mauro Maximiliano M., Darío Rafael D. y Ariatna Agustina A.
Asimismo, por disposición de la Jefatura de Policía los cinco se hallan en disponibilidad, es decir apartados de sus funciones.
En tanto, el pasado 28 de diciembre la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas notificó a las partes que no hizo lugar a los respectivos recursos de apelación, por lo que confirmó el procesamiento de los citados. El dictamen lleva la firma de los camaristas Mario Osvaldo Boldu y Ana Lía Cáceres de Mengoni.
“Omisión y falta de interés”
Con relación a la apelación de la defensa de Carlos Ariel L. y Hugo Ariel B., para la Cámara no es un dato menor el rol jerárquico que ostentaban, ya que eran el jefe y segundo a cargo, respectivamente.
“De las declaraciones prestadas por los imputados y testigos, se advierte que el oficial L. no concurría con frecuencia al depósito, evidenciando una omisión y falta de interés. Que en coincidencia con lo señalado por el juez, se observan irregularidades en el manejo de los registros”, indica el dictamen.
Dicha irregularidad “generó la imposibilidad de establecer con certeza cuántos fueron los ingresos del personal al depósito de estupefacientes, quiénes ingresaron, así como el motivo de ese ingreso, las fechas, si se dieron cumplimiento a medidas de seguridad, entre otra información relevante para la presente causa. Deficiencias que no podían desconocer el personal a cargo, en especial las máximas autoridades de la división”.
Tampoco resulta una cuestión menor la franja de tiempo en la que pudo haber sido sustraída la droga, ya que no había controles periódicos.
Por ello, en función de los registros la sustracción de cocaína pudo haber operado entre el 18 de junio de 2020 -fecha en que se efectuó un relevamiento de los elementos secuestrados y acondicionaron la totalidad de la cocaína secuestrada- y el 11 de agosto de 2020, cuando se constató el faltante, dado que no se asentaban adecuadamente los ingresos y la mencionada falta de control del lugar.
“De este cuadro se deriva que, en casi dos meses, las autoridades no ejecutaron actos de control traducidos en contabilizar el material cuya custodia le fue encomendada”, indica el dictamen.
Clara evidencia
Para la Cámara, los imputados desatendieron su deber como funcionarios públicos.
Al respecto, citaron el deber de los “agentes de la División Toxicomanía de la Policía de Misiones de custodiar los elementos de prueba y, con más razón, tratándose de estupefacientes nocivos para la salud pública, debiendo extremar los cuidados y medidas de seguridad para evitar su pérdida o reingreso a las calles de nuestra provincia”.
En ese marco, los camaristas opinaron que “(…) cabe destacar que de la inspección judicial, como de las declaraciones coincidentes de todos los imputados y de los testigos de la fuerza policial, se desprende que las instalaciones donde se guardaba la sustancia estupefaciente no contaba con medidas de seguridad adecuadas para ser utilizada como depósito de elementos vinculados a causas judiciales, teniendo en cuenta la cantidad y naturaleza de secuestros existentes en el lugar”.
Por ello, subrayaron que “el cuadro de situación aconsejaba adoptar mayores recaudos sobre la custodia y resguardo de aquellos elementos, máxime teniendo en consideración que la única puerta de acceso al depósito no fue forzada y pone en evidencia la intervención del propio personal policial en la sustracción de la cocaína que se hallaba bajo sus esferas de custodia”.
“Así, y si bien las investigaciones continúan su curso a efectos de individualizar al autor o autores materiales de la sustracción, lo cierto es que tanto la desaparición de droga, como las restantes irregularidades en los respectivos libros, permiten tener por acreditados los extremos exigidos por el tipo penal con el grado de probabilidad requerido en esta etapa del proceso”, concluyeron.
Apelación fiscal
Entre las apelaciones rechazadas por la Cámara Federal de Posadas se halla la elevada por la fiscal federal de Oberá, Viviana Vallejos, quien oportunamente cuestionó la falta de mérito dispuesta por la sustracción de la droga, entendiendo que se omitió ponderar la prueba existente en su conjunto.
Para la fiscalía “se encuentra acreditada la sustracción de 1,049 kilo de cocaína que se encontraba en el depósito bajo custodia policial de la División Toxicomanía de la Policía Provincial, destancando las irregularidades observadas dado que en dicha repartición no se arbitraron los medios para que el resguardo de estupefacientes sea seguro física y administrativamente, como tampoco se realizaron planteos, quejas o sugerencias para su corrección”.
En ese sentido, sostiene que existen elementos para acreditar la comisión de los delitos de facilitación imprudente de sustracción de objetos custodiados en concurso ideal, con el de facilitación imprudente de sustracción de bienes públicos por parte de todos los integrantes de la División Toxicomanía.
Al respecto, la Cámara respondió que el ministerio fiscal no individualiza las acciones ejecutadas u omitidas de manera culposa por cada imputado, como tampoco el lapso de tiempo en que éstas se materializaron (días y horario de guardia, por ejemplo).
Fuente: Daniel Villamea (El Territorio)